PROYECTO DE LEY:
MODIFICACIÓN DEL PARAGRAFO III DE LA DISPOSICIÓN FINAL DE LA LEY 1102 DE 25 DE SEPTIEMBRE DE 2018 DEL CONALCABI (CONSEJO NACIONAL DE LUCHA CONTRA EL ABIGEATO)
El Código Penal Boliviano, actualizado con la Ley 1102 de 25 de septiembre de 2018, DEL CONALCABI (CONSEJO NACIONAL DE LUCHA CONTRA EL ABIGEATO) que modifica el artículo 350 del código penal establece: Que quien comete el delito de (ABIGEATO) será sancionado con privación de libertad entre 6 meses a 6 años dependiendo del caso. Importante hacer notar, que esta Ley fue aprobada cuando se encontraba vigente la Ley 1970 del Código de Procedimiento Penal, y en su artículo 232 (Improcedencia de la detención preventiva) numeral 3, aplicaba cuando el delito se sancionaba con una privación de libertad menor a 3 años.
Consiguientemente se había escuchado el clamor del sector ganadero que cuando se encontraba un abigetista éste no pudiera beneficiarse con la improcedencia de la detención preventiva.
Sin embargo; la Ley 1970 en la actualidad ha sido modificada con la Ley 1226 y en su artículo 232 numeral 6, aumenta el máximo legal a 6 años para ser beneficiado con la improcedencia de la detención preventiva
Por lo que los abigeatistas no están yendo a la detención preventiva y se están beneficiando con medidas sustitutivas, con lo cual ha quedado prácticamente inutilizada la ley 1102. En la actualidad esto ha provocado el aumento del número de casos de abigeato, de acuerdo a las estadísticas que maneja la policía, que es la encargada de reprimir este delito.
Por lo tanto, la primera conclusión que se puede tener es que cuando un delito se castiga con penas más leves, los resultados son su incremento.
La ganadería en Bolivia es importante, porque es fuente de sustento diario y alimentación para las familias, así como para la generación de empleo y contribución a la producción medido a través del Producto Interno Bruto (PIB), que en estos últimos años ha disminuido y necesita incrementarse.
Por tal motivo, es que se han desarrollado eventos importantes con este fin. Uno de los más grandes y reconocidos la Cumbre Agropecuaria Sembrando Bolivia, donde una de sus conclusiones fue que la reclusión debiera aumentarse, dado que los más afectados son los ganaderos pequeños
En esta cumbre estuvieron personeros del Gobierno y del sector ganadero nacional, que está representado por la Confederación de Ganaderos de Bolivia (CONGABOL) cuyos integrantes principalmente son los representantes de los ganaderos del Beni, Pando, Santa Cruz el Chaco, Chuquisaca.
Además de haberse realizado otros encuentros ganaderos con este fin, dado que el abigeato afecta la producción, además de la seguridad ciudadana y la salud pública.
También no puede dejarse de lado la afectación del COVID a la economía, por lo que estamos empeñados en la “Reactivación de la Economía Vía la Ganadería” con lo cual se podrá aumentar la producción y por lo tanto las exportaciones tan necesarias para generar divisas y aumentar las Reservas Internacionales Netas (RIN).
PROYECTO DE LEY
ARTICULO UNICO. –
Se modifica EL PARAGRAFO III DE LA DISPOSICIÓN FINAL DE LA LEY 1102 DE 25 DE SEPTIEMBRE DE 2018 DEL CONALCABI (CONSEJO NACIONAL DE LUCHA CONTRA EL ABIGEATO) por el siguiente texto:
III. En los casos de los Parágrafos I y II del presente Artículo, la sanción será agravada con pena privativa de libertad de ocho (8) a doce (12) años de privación de libertad, cuando:
- El hecho recaiga sobre dos (2) o más cabezas de ganado caballar, mular, asnal, bovino, bufalino, porcino, caprino, ovino o camélido sudamericano.
- El hecho sea cometido por dos (2) o más personas.
- Se trate de animales de alto valor genético.
- La persona autora mantenga una relación de dependencia laboral con la víctima y/o sea pariente consanguíneo, afín o religioso con algún dependiente laboral de la víctima
- El hecho se comenta en ocasión de un desastre natural convulsión popular, o aprovechándose de un accidente o un infortunio particular o que el bien se halle fuera del control del dueño: o.
- Se utilicen armas de fuego o se ejerza violencia sobre las personas
- Que el acto antijurídico sea perpetrado en horas de la noche
Fuente: CONGABOL
Fecha: 17/03/2022
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