CAN reconoce a Bolivia como un área libre de la plaga ‘picudo mexicano’

La noticia es celebrada por los productores de algodón. La resolución 2503 del organismo internacional se dio a conocer tras una evaluación del resto de los países.

La Comunidad Andina (CAN) reconoció a Bolivia como “área libre” de la plaga picudo mexicano del algodón, según la resolución 2503 emitida por este organismo internacional el pasado 23 de junio.

“Comuníquese a los países miembros la presente resolución, la cual entrará en vigencia a partir de su fecha de publicación en la Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena”, dice el documento que lleva la rúbrica de Gonzalo Gutiérrez, secretario general de la CAN.

Uno de los antecedentes que forman parte de esta resolución indicó que el 1 de abril de 2025, el Viceministerio de Comercio Exterior e Integración del Estado Plurinacional de Bolivia remitió a la CAN, la Resolución Administrativa 327 del Senasag que declara al país como “Área Libre de Picudo Mexicano”.

El 8 de abril, la Secretaría General de la CAN puso en conocimiento a sus países miembros “la correspondiente documentación técnica” que sustenta la declaración del país como un país libre de esta plaga que afecta al algodón.

“Al no haber recibido la Secretaría General observación alguna de los demás países miembros en el plazo previsto (30 días), y considerando que la solicitud (de Bolivia) cumple con las exigencias comunitarias en la materia, se procederá a reconocer como área libre del picudo mexicano del algodón a Estado Plurinacional de Bolivia”, indicó la resolución de la CAN.

El picudo mexicano también conocido como ‘gorgojo del algodón’, cuyo nombre científico es anthonomus grandis, es un coleóptero que mide unos seis milímetros de largo, que se alimenta de los brotes y flores del algodón.

Por otro lado, la CAN también emitió la Decisión 942 la cual faculta a sus países miembros a “suspender temporalmente” la aplicación de la Decisión 483; que se refiere a las normas para el registro, control, comercialización y uso de productos veterinarios, hasta el 24 de junio del año 2027.

“Se acordó suspender temporalmente la aplicación de la Decisión 483 y, facultar a sus países miembros para aplicar de manera temporal sus normas nacionales para el registro, control, comercialización y uso de productos veterinarios en su territorio”, dice el documento.

Estos productos veterinarios, añadió la Decisión 942, deberán velar por la calidad de los productos veterinarios “en tanto culminen los trabajos para la adopción de un proyecto modificatorio o sustitutorio del régimen comunitario” para el registro, control, comercialización y uso de productos veterinarios.

Fuente: EL DEBER

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